alt El director de la Entidad Binacional Yacyretá (EBY), Lic. Enrique Cáceres Rojas, resolvió la aprobación del Informe Final del Grupo de Trabajo (que fue creado para estudiar especialmente los reclamos de las familias relocalizadas) y encomienda al Sector Reasentamiento del Plan de Terminación de Yacyretá (PTY) la ejecución de las acciones recomendadas por el mismo.

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RESOLUCIONNº 656/2012

 

 

Por la que se aprueba el Informe Final del Grupo de Trabajo creado por Resolución de Director Nº 351/12 y se encomienda al Sector Reasentamiento del PTY la ejecución de las acciones recomendadas por el mismo.

 

VISTO:                                        El Informe Final presentado por medio del Memo Nº 0001/12 por el Coordinador del Grupo de Trabajo creado por Resolución de Director Nº 351/12, y

 

CONSIDERANDO:                      Que, el Coordinador del Grupo de Trabajo creado por medio de la Resolución de Director Nº 351/12 ha presentado por medio del Memorándum Nº 0001/12 un informe final del estudio, conclusiones y recomendaciones sobre las peticiones consignadas en el Acta de Acuerdo de fecha 30 de marzo de 2011.

 

                                                   Que, el mencionado Informe Final realiza un análisis detallado de los asuntos reclamados en el Acta antes mencionada y realiza recomendaciones de actividades a ser ejecutadas para resolver la problemática reclamada.

 

Que, a fin de viabilizar las soluciones recomendadas es necesario encarar todas las acciones recomendadas de manera simultánea.

 

Que, el Art. 34º del Reglamento Interno establece las atribuciones del Señor Director que contemplan el dictado de la presente Resolución.

 

Por tanto,

                                                             

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Res. D  Nº 656/2012

 

EL DIRECTOR

RESUELVE:

 

Artículo 1º)                                  Aprobar el Informe Final del Grupo de Trabajo creado por Resolución de Director Nº 351/12 que fuera presentado por medio del Memorándum Nº 0001/12.

                                                  

Artículo 2º)                                  Encomendar al Sector Reasentamiento y Rehabilitación del PTY la ejecución inmediata y simultanea de las siguientes acciones recomendadas por el Grupo de Trabajo, contenidas en el Informe Final aprobado en el Art. 1º precedente:

       Aprobación de la “Propuesta de Procedimiento para la implementación del Programa de apoyo a las actividades económicas y productivas” para su ejecución en los Conjuntos Habitacionales de San Isidro, San Pedro, San Francisco, Carmen del Paraná y Piro-y de San Antonio Ype-curú.

   Ejecutar proyectos viables sobre la base de lo que “saben hacer”, según parámetros propuestos en el Expediente cuya aprobación se recomienda.

   Gestionar y aprobar acuerdos estratégicos entre la EBY y organismos locales y nacionales con el objetivo de incentivar  la instalación de Industrias, atrayendo inversionistas a la zona; para el aprovechamiento de los recursos, generar fuentes de trabajo  y dinamizar la economía en la zona.

• En relación al reclamo sobre tarifa de energía eléctrica, recomendamos conformar un equipo o grupo de trabajo capacitado técnicamente en la materia, a fin de realizar un relevamiento pormenorizado de la situación a nivel de las familias residentes en los distintos Conjuntos Habitacionales y proponer un mecanismo de solución ágil, sencillo y claro que permita evitar conflictos con la población relocalizada en asuntos de esta naturaleza.

• Recomendamos igualmente que la tarea del equipo técnico o grupo de trabajo que se encargue del asunto precedente, abarque el servicio de agua potable de los diferentes Conjuntos Habitacionales.

 

 

 

 

 

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Res. D  Nº 656/2012

 

• Para el caso de las 510 (quinientos diez) familias con derecho, se recomienda: gestionar la transferencia definitiva de las viviendas a los beneficiarios registrados en Padrón aprobado por medio de las Resoluciones del Comité Ejecutivo Nº 14.032/11 y del Consejo de Administración Nº 3195/11.

                                                      Para el caso de las 56 (Cincuenta y seis) familias trasladas a Conjuntos Habitacionales EBY, hasta tanto se construyan las viviendas previstas en el marco del Convenio EBY-SENAVITAT aprobado por Resolución del Comité Ejecutivo Nº 14.224/12, se recomienda: aguardar la terminación de las 105 viviendas previstas.

  Para el caso de las 122 (Ciento veintidós) familias procedentes de la afectación de la nueva traza de obras, se recomienda: Instruir a la Asesoría Jurídica a analizar y proponer una solución alternativa, salvo que la ampliación del Polígono de Afectación sea considerada viable en relación al tiempo de solución de la problemática planteada.

 

Artículo 3º)                                  Instruir al Sector Reasentamiento y Rehabilitación del PTY a informar mensualmente a la Dirección MD de los avances en las tareas encomendadas en el Art. 2º precedente.

 

Artículo 4º)                                  Comunicara quienes corresponda y cumplido,archivar.

 

 

 


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